Planeación y Presupuesto Participativo
De acuerdo con lo establecido en los artĆculos 89, 90 y 91 de la Ley 1757 de 2015, los mecanismos de Planeación y Presupuesto Participativo aplican para entidades territoriales yĀ autoridades pĆŗblicasĀ con competencia en la asignación directa de recursos de inversión. En consecuencia, este componente no aplica para Nutriceres, dado que su función se orienta a la operación de servicios de alimentación contratados con las entidades competentes.Ā
Esta sección de nuestra pĆ”gina web proporciona un espacio organizado para la planeación y/o presupuesto participativo, destacando los temas especĆficos relacionados con estos procesos.
