Planeación y Presupuesto Participativo

De acuerdo con lo establecido en los artículos 89, 90 y 91 de la Ley 1757 de 2015, los mecanismos de Planeación y Presupuesto Participativo aplican para entidades territoriales y autoridades públicas con competencia en la asignación directa de recursos de inversión. En consecuencia, este componente no aplica para Nutriceres, dado que su función se orienta a la operación de servicios de alimentación contratados con las entidades competentes. 

Esta sección de nuestra pÔgina web proporciona un espacio organizado para la planeación y/o presupuesto participativo, destacando los temas específicos relacionados con estos procesos.